miércoles, 30 de julio de 2014
APROBADO EL REGLAMENTO DE COTIZACIÓN
Aprobado el Reglamento que determina los conceptos incluidos en la base de cotización
REAL DECRETO 637/2014, de 25 de julio, por el que se modifica el artículo 23 del Reglamento general sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre.
Las empresas tienen hasta el 30 de septiembre para la liquidación e ingreso de la cotización correspondiente a las mensualidades entre diciembre de 2013 y julio de 2014.
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que modifica el artículo 23 del Reglamento General sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social, que establece los conceptos incluidos y excluidos de la base de cotización a la Seguridad Social. Este artículo se adapta a las modificaciones que se han producido en el artículo 109 de la Ley General de la Seguridad Social por los Reales Decretos Leyes 20/2012 y 16/2013.
Con este Real Decreto se desarrolla reglamentariamente la modificación de la citada normativa, tras haberse discutido con los interlocutores sociales y haber sido sometido a Dictamen del Consejo de Estado. Las empresas disponen de plazo hasta el 30 de septiembre para la liquidación e ingreso de la cotización correspondiente a las mensualidades entre diciembre de 2013 y julio de 2014.
Conceptos incluidos
El Reglamento determina los conceptos retributivos que conforman la base de cotización y establece las reglas oportunas para la determinación de la valoración de las percepciones, tanto dinerarias como en especie, que han de incluirse en la base de cotización.
Como percepciones dinerarias se contemplan, entre otras, la entrega al trabajador de importes en metálico, vales o cheques de cualquier tipo para que éste adquiera bienes, derechos o servicios; el importe de las acciones o participaciones entregadas por los empresarios; el de las primas o cuotas satisfechas a entidades aseguradoras para la cobertura de sus trabajadores, y el de las contribuciones satisfechas a planes de pensiones, que se integrarán en la base de cotización por la totalidad de su importe.
Las percepciones en especie se valorarán por el coste medio que suponga para el empresario la entrega del bien, derecho o servicio, salvo en los cuatro siguientes supuestos:
· La prestación de determinadas enseñanzas y servicios educativos por centros educativos autorizados a los hijos de sus empleados, con carácter gratuito o por precio inferior al normal de mercado, cuya valoración vendrá determinada por el coste marginal que suponga a esos centros la prestación de tal servicio, considerando dicho coste como el incremento del coste total directamente imputable a la prestación que suponga para el centro educativo un servicio de educación para un alumno adicional del tipo de enseñanza que corresponda.
· Esta misma valoración por coste marginal será aplicable a la prestación por medios propios del empresario del servicio de guardería para los hijos de sus empleados.
· La utilización de una vivienda, propiedad o no del empresario, o la utilización o entrega de vehículos automóviles, cuya valoración se efectuará en los términos ya previstos en la normativa fiscal, con lo cual en la práctica no se producen cambios respecto a la legislación anterior.
· Los préstamos concedidos a los trabajadores con tipos de interés inferiores al legal del dinero, que se valorarán por la diferencia entre el interés pagado y el referido interés legal vigente en el respectivo ejercicio económico, en línea con la regulación establecida en el artículo 43 de la Ley del IRPF, con lo cual en la práctica tampoco se producen cambios respecto de la legislación anterior.
Conceptos excluidos
No se computarán en la base de cotización los siguientes conceptos:
· Los gastos de manutención y estancia, así como los gastos de locomoción, cuando correspondan a desplazamientos del trabajador fuera de su centro habitual de trabajo para realizar el mismo en lugar distinto, en los términos establecidos en la normativa fiscal.
· Las indemnizaciones por fallecimiento y las correspondientes a traslados, suspensiones, despidos y ceses, en los términos previstos en el artículo 109.2.c) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
· Las prestaciones de la Seguridad Social y las mejoras de las prestaciones por incapacidad temporal concedidas por las empresas.
· Las asignaciones destinadas a satisfacer gastos de estudios del trabajador dispuestos por instituciones, empresarios o empleadores y financiados directamente por ellos para la actualización, capacitación o reciclaje de su personal, cuando vengan exigidos por el desarrollo de sus actividades o las características de los puestos de trabajo.
HACIENDA DISCUTE NUEVOS RECORTES
El Ministerio de Hacienda ha recogido propuestas de una o varias Comunidades autónomas en un documento que ha reenviado a todas las comunidades con 255 medidas:
Este documento no es un borrador aunque algunas de las medidas difícilmente se llevarán a cabo ya que son propuestas muy polémicas.
En dicho documento no se especifica quien planteó cada medida pues ello supondría un coste político muy alto de cara a las elecciones de mayo de 2015.
En cuanto a los Funcionarios se propone:
Eliminación del exceso de plazas vacantes y no creación de nuevas plazas salvo en servicios prioritarios.
Ampliación de la jornada semanal de funcionarios a 40 horas.
Eliminación de todos los moscosos.
Reducción de las retribuciones anuales del personal en la cuantía equivalente al importe de una paga extraordinaria.
Suspensión de planes de pensiones.
Reducción de jornada y de retribuciones a personal funcionario interino y laboral temporal.
Revisión del gasto en acción social.
Reducción de un 5% en las aportaciones a entes o empresas del sector público autonómico excepto en hospitales.
Mejorar el uso del parque móvil, limitar vehículos, compartir uso, primer uso de vehículos representativos de alquiler.
Limitación de las ayudas a las organizaciones sindicales.
SI QUIERES LEER LA NOTICIA AL COMPLETO PINCHA EN EL SIGUIENTE ENLACE
http://politica.elpais.com/politica/2014/07/21/actualidad/1405969218_920514.html
Este documento no es un borrador aunque algunas de las medidas difícilmente se llevarán a cabo ya que son propuestas muy polémicas.
En dicho documento no se especifica quien planteó cada medida pues ello supondría un coste político muy alto de cara a las elecciones de mayo de 2015.
En cuanto a los Funcionarios se propone:
Eliminación del exceso de plazas vacantes y no creación de nuevas plazas salvo en servicios prioritarios.
Ampliación de la jornada semanal de funcionarios a 40 horas.
Eliminación de todos los moscosos.
Reducción de las retribuciones anuales del personal en la cuantía equivalente al importe de una paga extraordinaria.
Suspensión de planes de pensiones.
Reducción de jornada y de retribuciones a personal funcionario interino y laboral temporal.
Revisión del gasto en acción social.
Reducción de un 5% en las aportaciones a entes o empresas del sector público autonómico excepto en hospitales.
Mejorar el uso del parque móvil, limitar vehículos, compartir uso, primer uso de vehículos representativos de alquiler.
Limitación de las ayudas a las organizaciones sindicales.
SI QUIERES LEER LA NOTICIA AL COMPLETO PINCHA EN EL SIGUIENTE ENLACE
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domingo, 27 de julio de 2014
NUEVA REGULACIÓN DE LOS PROCESOS DE INCAPACIDAD TEMPORAL
La regulación de los procesos de incapacidad temporal se verá modificado por el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio que entrará en vigor el próximo 1 de septiembre de 2014.
Una de las novedades de este Real Decreto, es que sustituye la gestión actual en la expedición de la baja médica, alta y de los partes de confirmación de la baja en función del periodo de duración que estime el médico, contemplando cuatro grupos de procesos.
Adjuntamos un cuadro explicativo con los diferentes grupos de procesos.
miércoles, 23 de julio de 2014
CONSOLIDACIÓN AUXILIAR DE ENFERMERÍA
En relación con el proceso de consolidación de empleo para el acceso a la Categoría de AUXILIAR DE ENFERMERÍA DE LA COMUNIDAD DE MADRID, Grupo IV, Nivel 3 Área D, se adjunta la Comunicación del Tribunal Calificador sobre la corrección de errores de las calificaciones provisionales en la fase de concurso
CONSOLIDACIÓN EMPLEO TITULADO SUPERIOR EN MEDICINA
Se adjunta comunicaión del Tribunal calificador del proceso de consolidación de empleo para el acceso a plazas laborales de la categoría profesional TITULADO SUPERIOR MEDICINA GRUPO I, NIVEL 9, AREA D.
lunes, 21 de julio de 2014
CSIF DEMANDA PARA RECUPERAR LOS CANOSOS
CSIF DEMANDA AL MUSEO DEL PRADO PARA RECUPERAR LOS CANOSOS QUITADOS
CSIF También está preparando demandas individuales en la Comunidad de Madrid que si resultan favorables a los empleados públicos servirán en un futuro para pedir la ampliación de los derechos recuperados a todos los trabajadores
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-F), ha presentado una demanda de conflicto colectivo contra el Museo del Prado, solicitando que los trabajadores recuperen los días de descanso por antigüedad ('canosos') que disfrutaban antes de la entrada en vigor del Real Decreto 20/2012.
La demanda está basada en una sentencia del juzgado contencioso administrativo de Bilbao. En dicha sentencia se declara la irretroactividad del Real Decreto 20/2012.
jueves, 17 de julio de 2014
viernes, 11 de julio de 2014
POR LA RECUPERACIÓN DE DERECHOS
CONVOCATORIA DE MOVILIZACIONES EN TODAS LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
(estatal, autonómica, local y de justicia)
¡¡Negociación Ya. Por la recuperación de los derechos!!
VIERNES 11 DE JULIO,
CONCENTRACIÓN EN LOS CENTROS DE TRABAJO
de 15 minutos, entre las 11h y 12 h.
MARTES 15 DE JULIO a las 12 h.,
CONCENTRACIÓN FRENTE AL MINISTERIO DE HACIENDA
(C/ Alcalá nº5, Madrid)
· La Ausencia de negociación colectiva (gestión por decreto, sin dialogo ni negociación)
· El deterioro y privatizaciones de los Servicios Públicos
· La Pérdida de empleo en las administraciones públicas.
· Los recortes sufridos en salarios (5%, paga extra, congelación) y peores condiciones laborales (mas jornada, menos derechos).
· La devolución por parte del gobierno de días de libre disposición antes de los procesos electorales.
PUNTOS A TRATAR EN LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DEL DÍA 11 DE JULIO DE 2014
Hoy, 11 de julio de 2014, se reune la Comisión de Seguimiento del Acuerdo sectorial de funcionarios. Los puntos a tratar propuestos por CSIF que afectan a nuestra Consejería son la petición de Acta de la reunión celebrada con la Subdirección del Libro, la Junta de personal y la Subdirección de Personal en fecha 17 de diciembre de 2013 y la denegación por parte de personal de permisos sin sueldo a funcionarios en nuestra Consejería.
El Acta ha sido pedida por la Junta de Personal en varias ocasiones. También por CSIF anteriormente pero nunca nos la han proporcionado. ¿Cual es el problema? ¿Por qué no nos facilita la Subdirección de Personal de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura el acta de una reunión que se mantuvo en diciembre? ¿se ha hecho constar algo en dicho acta que no debamos ver? o ¿ se ha omitido en dicho acta algo que se trató en dicha reunión?
En fin, esperamos que hoy nos hagan entrega de la misma para ejercer las acciones que creamos convenientes en caso de ser necesario.
En cuanto a los permisos sin sueldo parece ser que se están denegando a personal funcionario interino por el hecho de no ser funcionario de carrera o concediendo menos días de los que se solicitan.
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