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viernes, 6 de mayo de 2016

FESTIVIDAD DE SAN ISIDRO - COMUNICADO DIVISIÓN PERSONAL EMPLEO

FESTIVIDAD DE SAN ISIDRO 2016

En relación a la festividad de San Isidro en el municipio de Madrid, las condiciones para el disfrute de la reducción horaria o la concesión de un día de compensación,  son las establecidas en el  artículo 5.2 del Calendario Laboral.
De acuerdo con la información facilitada por la Dirección General de la Función Pública, la semana en la que tendrá lugar la reducción horaria es la comprendida entre los días 9 y 15 de mayo de 2016, sin perjuicio del desplazamiento de la citada  festividad local al día 16 de mayo en el calendario laboral de festividades locales de la Comunidad de Madrid.
Con carácter general, podrán disponer de la reducción semanal o del día adicional los empleados que tengan jornada reducida, siempre en proporción a dicha jornada, así como los que tengan jornada parcial, siempre y cuando presten  servicios en los términos establecidos en el calendario laboral.
Asimismo, los responsables de cada Unidad (Dirección General o Subdirección General con la conformidad de la Dirección General de adscripción), deberán comunicar a la División de Personal de Empleo, respecto del personal que presta sus servicios en términos municipales diferentes al de Madrid, si la reducción horaria se disfrutará en la semana de la correspondiente festividad local, cuando así haya sido acordado por la Dirección del centro y los representantes de los trabajadores. Ante la ausencia de comunicación al respecto de la fecha indicada, se entenderá que se opta por el disfrute en la semana de San Isidro.

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CONSEJERÍA ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA
División de Personal de Empleo
c/ Alcalá, 31
28014 Madrid